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23 de October del 2018 a las 23:37 -
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La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley

Declaración de bienes será obligatoria para quienes paguen pensiones alimentarias
La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley

La Cámara de Diputados dio media sanción a un proyecto de ley que obliga a quienes tienen que pagar pensiones alimentarias a presentar una declaración jurada de bienes e ingresos.

El proyecto salió por unanimidad con los 62 diputados que estaban presentes en sala y pasó a la Cámara de Senadores.

Daniel Radio, diputado del Partido Independiente autor del proyecto, explicó que “una manera de contribuir a mejorar el cumplimiento es exigiendo la presentación de una declaración jurada de bienes e ingresos por parte de aquellos obligados a pagar la pensión alimenticia. Es un instrumento absolutamente pertinente que nuestro ordenamiento ha utilizado en diversas oportunidades teniendo en cuenta que presentar una declaración jurada falsa trae aparejado consecuencias penales”, afirmó.

En caso de aprobarse el proyecto, el juez de familia podrá designar un perito que corrobore la veracidad de la declaración, si esta falsa, el obligado tendrá que pagar la diferencia de lo no declarado y enfrentar consecuencias penales.

Según el Reporte Uruguay 2015 de OPP y Uruguay Crece Contigo, en los casos de niños menores de cuatro años, casi la mitad de los obligados a pagar pensiones no lo hace (47.7%). En enero del 2017 se aprobó una ley que creó un registro de obligados al pago de pensiones alimenticias, llevado por el Banco de Previsión Social, pero este no contempla todos los ingresos.

“Este registro fue una importante contribución aunque solamente es útil en la medida en que la persona trabaje en regla, aportando al BPS. El problema es que muchas veces el deudor trabaja de manera irregular, en negro, y después puede mentir cuáles son sus ingresos y no le pasa nada. En el peor de los casos, si por una de esas casualidades es descubierto, se corregirá la cifra y comenzará a pagar otra cantidad a partir de entonces”, señaló Radío.

Según el Código Penal la sanción por hacer una declaración jurada falsa es de entre 3 meses y 24 meses de prisión. Además, deberá pagar con retroactividad por lo no declarado. Eso sumado a las costas del procedimiento penal.

Otras de las modificaciones que hace el proyecto a la ley actual es modificar la carga de la prueba.

“El Código de la Niñez y la Adolescencia poco establece respecto a la carga probatoria a la hora de acreditar los ingresos del obligado, rigiendo entonces el principio general de nuestro ordenamiento. Esto es que quien alega hechos tiene la carga de probarlos, lo que redunda en que quien tenga que efectuar la tarea investigativa sea quien solicita los alimentos. Este proyecto impone al obligado efectuar la declaración jurada de bienes e ingresos en el momento de contestar la demanda de alimentos o en el momento de contestar la demanda de modificación de la pensión alimenticia”, explicó.

Fuente 180.com.uy 



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